Es un servicio público de carácter social, con el objetivo de utilizar los servicios de alimentación contratados desde el Ayuntamiento y que se dirige, tanto a las personas mayores de 65 años, pensionistas de jubilación e invalidez con 60 años cumplidos así como pensionistas de viudedad con 55 años, así como aquellas personas que se encuentren en situaciones tanto de emergencia social como aquellas otras que se encuentren en situaciones de precariedad económica o pendientes de resolver alguna prestación de ingresos mínimos de subsistencia.
La persona solicitante deberá estar empadronada con un año de antelación a la fecha de la solicitud en el término municipal de Tudela.
1.- Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
En aplicación del articulo 35.f) de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ciudadanía quedará eximida de la presentación de cualquiera de los documentos anteriores cuando cualquiera de los mismos se encuentre en poder del Ayuntamiento. A tal fin, las personas interesadas deberán indicar la fecha y el órgano de presentación del documento en cuestión, sin que hayan podido transcurrir más de cinco años desde que el mismo fuera presentado. Si la documentación presentada junto con la solicitud fuera incompleta o defectuosa, se le requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que, en caso contrario, se le tendrá por desistida de su solicitud. La falsedad y ocultación de datos dará lugar a la pérdida de la condición de solicitante del servicio, sin perjuicio de las responsabilidades en las que se pudiera incurrir.
2.- Para las personas mayores de 65 años de edad, pensionistas de jubilación e invalidez con 60 años cumplidos así como pensionistas de viudedad con 55 años, será suficiente con la presentación de la documentación correspondiente para la solicitud de ayuda económica del Gobierno de Navarra, según se establece en su convocatoria anual.
Podrá solicitarse cuando se den las circunstancias recogidas en la ordenanza.
Los impresos necesarios para presentar solicitud pueden conseguirse en dos lugares:
Una vez cumplimentadas y con la toda la documentación requerida se presentará en el Registro General del M.I. Ayuntamiento de Tudela (SAC).
Participación en el coste: se realizará de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa para la prestación del servicio de Alimentación Básica.
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