

Mediante el Real Decreto 1105/1985, de 19 de junio, y el Real Decreto 1118/1985, de 9 de julio, el Estado transfirió a la Comunidad Foral de Navarra funciones y servicios en materia de medio ambiente.
Según la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, corresponde a Navarra el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de medio ambiente y ecología (artículo 57, apartado c), la ejecución de la legislación del Estado en materia de vertidos industriales y contaminantes (artículo 58, apartado h) y la competencia exclusiva en materia de espacios naturales protegidos de acuerdo con la legislación básica del Estado (artículo 50, apartado d); siendo ejercidas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 188/1985, de 2 de octubre, por el Gobierno de Navarra, el Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente y la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente.
El Ayuntamiento de Tudela, a través del Departamento de Medio Ambiente, adscrito al Área de Ordenación Urbana y Económica, organiza actividades y realiza labores de control.
